Socio Colectivo en Uruguay en Uruguay
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Significado de Socio colectivo en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Socio colectivo que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Socio colectivo es definido en los siguientes términos:
En la sociedad colectiva y en la sociedad en comandita (véase este último término en esta referencia legal), el que responde ilimitadamente con lo aportado y con los bienes propios. Compensadoramente, sus derechos son mayores, ya que por lo general es gestor, único o en unión de otro u otros también de carácter colectivo. (Véase también, en esta enciclopedia jurídica uruguaya, la voz relativa a SOCIO COMANDITARIO.)
Recursos
Véase También
- Socio