Libro de Actas en Uruguay en Uruguay
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Significado de Libro de actas en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos
Basado en el tratamiento jurídico de Libro de actas que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Libro de actas es definido en los siguientes términos:
En corporaciones públicas, compañías mercantiles, sociedades civiles, sindicatos y asociaciones diversas, el que lleva el secretario para dar cuenta de las deliberaciones y acuerdos de sus asambleas y juntas o comisiones directivas.
Más Aspectos sobre este Término Jurídico
El libro de actas, como obligatorio para las sociedades mercantiles, consignará a la letra los acuerdos que se tomen en sus juntas o en la de sus administradores, con expresión de la fecha de cada una, los asistentes a ella, los votos emitidos y lo demás que conduzca al exacto conocimiento de lo acordado. Cada una de las actas se autorizará con la firma de los gerentes, directores o administradores encargados de la gestión social o según lo determinado en los estatutos o bases por los que ésta se rija.
Recursos
Véase También
- Libro
- Documento