Nulidad del Matrimonio

Nulidad del Matrimonio en Uruguay en Uruguay

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Significado de Nulidad del matrimonio en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Nulidad del matrimonio que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Nulidad del matrimonio es definido en los siguientes términos:

Las disposiciones contenidas en el articulado de la legislación de algunos sitemas jurídicos (incluido alguno/s del Cono Sur), responden a una concepción tradicionalista y tienden a dar estabilidad al vínculo conyugal. Las posibilidades de anularlo o de considerarlo nulo se plantean, en consecuencia, sólo en oportunidades que revisten verdadera gravedad, tanto en el ámbito del Derecho Público como en el del Derecho Privado. Lafaille, Spota y Borda coinciden, en líneas generales, en afirmar que, pese a que la nulidad del matrimonio presenta características propias, derivadas de la trascendencia de la institución que entra en juego, su régimen legal es muy similar al previsto para la nulidad (véase este último término en esta referencia legal) de los actos jurídicos en general.

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

En cambio, otros tratadistas, tales como Díaz de Guijarro y López del Carril, defienden una posición contraria, y afirman que el régimen de las nulidades matrimoniales es independiente del que regla la nulidad de los demás actos jurídicos, y que difiere también de él en muchos aspectos fundamentales que van desde la calidad de las personas que pueden invocarla hasta el alcance de sus efectos Resumiendo, podemos decir que los matrimonios nulos son actos jurídicos cuya nulidad absoluta responde no solo a un interés ético y moral de carácter privado, sino también a razones fundamentales de orden público. Esto determina que sean inconfirmables y que la acción a que dan lugar se considera imprescriptible.

Recursos

Véase También

  • Nulidad

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