Obligaciones Recíprocas

Obligaciones Recíprocas en Uruguay en Uruguay

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Significado de Obligaciones recíprocas en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Obligaciones recíprocas que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Obligaciones recíprocas es definido en los siguientes términos:

Las obligaciones que surgen de relaciones jurídicas en que las diversas partes son simultáneamente, aunque en mayor o menor grado, en cuanto al saldo económico o de otra índole como posibilidad, acreedora y deudora cada una de la otra u otras. Es lo típico del contrato conmutativo (véase este último término en esta referencia legal).

Más Aspectos sobre este Término Jurídico

Como norma capital, en las obligaciones recíprocas, cada parte puede resolverlas ante el incumplimiento de la otra o exigir entonces el resarcimiento de los daños y perjuicios.

Recursos

Véase También

  • Obligación

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