Reclamación

Reclamación en Uruguay en Uruguay

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Significado de Reclamación en el Derecho Uruguayo y en el de otros Países Latinoamericanos

Basado en el tratamiento jurídico de Reclamación que el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales ofrece, Reclamación es definido en los siguientes términos:

Este término hace referencia al efecto y la actuación de reclamar, y también oposición o contradicción que se hace a una cosa como injusta, o mostrando no consentir en ella.

Significado Alternativo de Reclamación

Más concretamente, el hecho de acudir ante una autoridad para que reconozca a favor del reclamante o de terceros la existencia de un derecho.

Significado Alternativo de Reclamación

También, la facultad de llamar una autoridad a un prófugo, o pedir el juez competente la entrega del reo o de la causa en que otro entiende indebidamente.

Reclamación (en Derecho Financiero Uruguayo)

Introducción al concepto de Reclamación en este ámbito jurídico-financiero: Documento por medio del cual un usuario solicita a la CONDUSEF su intervención a fin de resolver una controversia existente con una institución financiera; podrá presentarse ya sea por comparecencia del afectado, en forma escrita, o por cualquier otro medio idóneo, cumpliendo los siguientes requisitos: I. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Nombre y domicilio del reclamante; II. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Nombre y domicilio del representante o persona que promueve en su nombre, así como el documento en que conste dicha atribución; III. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Descripción del servicio que se reclama, y relación sucinta de los hechos que motivan la reclamación; IV. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Nombre de la Institución Financiera contra la que se formula la reclamación. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). La Comisión Nacional podrá solicitar a la Secretaría y a las Comisiones Nacionales los datos necesarios para proceder a la identificación de la Institución Financiera, cuando la información proporcionada por el Usuario sea insuficiente, y V. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Documentación que ampare la contratación del servicio que origina la reclamación. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). La Comisión Nacional estará facultada para suplir la deficiencia de las reclamaciones en beneficio del Usuario. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí). Las reclamaciones podrán ser presentadas de manera conjunta por los Usuarios que presenten problemas comunes con una o varias Instituciones Financieras, debiendo elegir al efecto uno o varios representantes formales comunes. (Para una visión de cuestiones y términos propios de la economía financiera sobre este tema, pero considerándolos desde una óptica jurídica, puede consultarse también el diccionario de términos financieros aquí).

Recursos

Véase También

  • Finanzas
  • Derecho Financiero

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